SERVICIO COMUNITARIO EN EL 2009-1

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IMPORTANTE, IMPORTANTE, IMPORTANTE



LA UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA oferta el Servicio Comunitario para los Estudiantes que reúnen los requisitos de inscripción, a partir del presente lapso académico.

De acuerdo a la comunicacion del Vicerrectorado Académico 037-2009,

  1. El servicio comunitario se ofrecerá a los estudiantes que hayan aprobado el 70% de la carga crediticia de la carrera que cursan, y la asignatura que cursa (ver prelaciones)
  2. Se trata de una actividad que comporta caracteristicas particulares que la diferencian de asignaturas, trabajos de grado, trabajos de investigación, prácticas extensionistas, entre otras.
  3. Están exceptuados de cumplir la actividad, los estudiantes que posean un título universitario, y los estudiantes que inscriben las últimas asignaturas pendientes por aprobar en la carrera, de maera que puedan culminar su carga academica en el lapso 2009-1.
  4. En esta oportunidad, la actividad estará dirigida a la detección de necesidades en la comunidad del Centro Local. Posteriormente y sobre la base de los resultados de los diagnósticos que se obtengan, se formalizarán los proyectos o actividades específicas por ejecutar para efectos del servicio comunitario.

PRELACIONES

  • Los estudiantes de las carreras:Los estudiantes cursantes de las carreras: Administración de Empresas (612), Administración de Empresas Mención Riesgos y Seguros (613), Contaduría Pública (610), Educación en sus menciones :Dificultades del aprendizaje (521), Matemática (508), Pre-escolar (542), Ingeniería Industrial (280), Ingeniería de Sistemas (236), Matemática (126), deberán inscribir en el lapso académico 2008-2, una de las siguientes asignaturas(antes de inscribir el servicio comunitario)
  • 811 Fundamentos básicos en el diseño y elaboración de proyectos
  • 814 Seminario de acción social
  • 816 Formación para microempresarios

  • Los estudiantes cursantes de la carrera Educación Integral (440) deberán inscribir la asignatura (480) Educación Ambiental
  • Los estudiantes cursantes de la carrera Técnico Superior en Educación Integral (430) podrán elegir como prelación, entre: (480) Educación Ambiental y (486) Educación Estética
  • Los estudiantes, quienes cursan dos carreras, deberán hacer la selección de la asignatura en una sola de las carreras que cursa. El SC se cumple sólo una vez durante el proceso de formación.
  • Exceptuar del cumplimiento del SC a todos aquellos estudiantes que:

-Obtuvieron un título universitario previamente a la promulgación de la Ley.